A. Funciones del Grupo Técnico: A continuación en forma genérica se listan algunas de las funciones primarias (Referencia: Resolución 000840 Artículo 68. Grupo Técnico)
1. Evaluar, actualizar y cambiar las regulaciones aeronáuticas nacionales, guías y circulares informativas, en lo relacionado con la certificación de productos aeronáuticos y Aeronavegabilidad.
2. Expedir Certificados de Aeronavegabilidad original a las aeronaves fabricadas en el país.
3. Aprobar, expedir y convalidar Certificados Tipos de productos aeronáuticos.
4. Evaluar, emitir, convalidar datos técnicos/datos aprobados para las aeronaves con registro nacional y evaluar y aprobar propuestas de reparaciones y alteraciones mayores en l as aeronaves y sus componentes, grupos motopropulsores, hélices, etc.
5. Evaluar, vigilar y certificar organismos de diseño, fabricación y mantenimiento de productos aeronáuticos.
6. Vigilar los proyectos de construcción de aeronaves Experimentales; y emitir su Certificado de Aeronavegabilidad con sus limitaciones respectivas.
7. Asesorar y soportar a las Unidades de Control Técnico de las diferentes regionales del país, sobre aspectos de reparación de aeronaves accidentadas o incidentadas y alteraciones mayores.
8. Aprobar, expedir y revocar certificados de producción de un producto aeronáutico fabricados en el país.
9. Emitir directivas de Aeronavegabilidad para las aeronaves producidas en Colombia y en conjunto con el Grupo de Inspección de Aeronavegabilidad para las aeronaves nacionales que presentan alguna condición de inseguridad.
10. Propender por mantener la competencia de su personal, mediante un programa de entrenamiento y capacitación continua.
11. Adelantar la investigación, en coordinación con el grupo de inspección de Aeronavegabilidad, de los principales defectos descubiertos en las aeronaves y la determinación, cuando afecten a la Aeronavegabilidad de las medidas correctivas que deberán tomarse.
12. Mantenimiento de un registro de los datos de tipo de las aeronaves matriculadas en el país.